Con la publicación y entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, se adoptan un conjunto de medidas urgentes dirigidas a los ámbitos económicos y de salud pública, de las que se han de destacar las ampliación de la protección de los deudores hipotecarios y la consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19.
El Real Decreto-ley 6/2020 amplía el plazo de suspensión de los lanzamientos hipotecarios cuatro años más, hasta mayo del año 2024, y se ajusta el concepto de colectivo vulnerable para que se proteja a deudores que, a pesar de encontrarse en una situación de especial vulnerabilidad, no eran beneficiarios hasta este momento de la suspensión.
De esta forma, cualquier proceso judicial de ejecución hipotecaria o venta extrajudicial por el cual se adjudique la vivienda habitual de personas pertenecientes a determinados colectivos queda afectado por esta medida. Así, la Ley 1/2013, de 14 de mayo, impide que se proceda al lanzamiento que culminaría con el desalojo de personas vulnerables, sin alterar el procedimiento de ejecución hipotecaria.
Asimismo, en materia laboral, el Real Decreto-ley establece que tanto el aislamiento como el contagio serán considerados como accidente de trabajo, también en el caso de los trabajadores por cuenta propia. Esto tiene especial relevancia en el cobro de las prestaciones derivadas de dicha baja.
Con la medida adoptada, los trabajadores autónomos afectados cobrarán el 75% de la base reguladora, y lo harán desde el día siguiente a la baja, tal y como marcan las directrices de la Seguridad Social, en el caso de las bajas derivadas de enfermedad o accidente laboral.
Por su parte, los empleados por cuenta propia que cotizan por la mínima, esto supondrá cobrar 23,61 euros al día, desde el día siguiente a la mencionada baja.
Para ambos, tal y como establece el artículo 5 de este Real Decreto-ley, el único requisito es estar dado de alta en la fecha en la que se produzca el hecho causante.
Aquí se puede consultar el texto íntegro.
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