Ha sido publicado en el BOE el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria con la adopción de nuevas medidas en los ámbitos financiero y concursal.
Por medio de esta publicación queremos poner en vuestro conocimiento las novedades fiscales más relevantes contenidas en Real Decreto-ley 34/2020.
Las medidas fiscales más destacables afectan al Impuesto sobre el Valor Añadido y al Impuesto sobre Sociedades.
A. Impuesto sobre el Valor añadido.
Mediante este Real Decreto-Ley se rebaja, hasta el 31 de diciembre de 2021, el IVA de las mascarillas al tipo superreducido, bajando del 21% al 4% y se adoptan una serie de disposiciones para la transposición de la normativa comunitaria en materia energética. De esta forma, el precio ha pasado de 0,96 euros a 0,72 euros la unidad, con un IVA del 21%. La rebaja del gravamen al 4% provocará una próxima disminución del precio máximo. Por tanto, está previsto que finalmente el precio de las mascarillas bajará en torno a un 35%.
B. Impuesto sobre Sociedades.
Se adapta la libertad de amortización introducida en la disposición adicional decimosexta de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, por la disposición final cuarta del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, al Marco nacional temporal relativo a las medidas de ayuda destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 cuya última modificación ha tenido lugar en octubre de 2020. Así, el incentivo se aplicará a las inversiones en elementos nuevos de inmovilizado material a que se refiere la mencionada disposición efectuadas y que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que concluyan entre el 2 de abril de 2020 y el 30 de junio de 2021.
Además, se modifica la deducción por innovación y se introducen diferencias, según la dimensión de la empresa, de forma que para pymes la deducción pasa a ser del 50%, mientras que para no pymes será del 15%.